Page 95 - El Estado Docente
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maestros particulares y se les imponía la obligación de examen ante
el Consejo de Castilla para la obtención del título, requisito sin el
cual estaba entredicho el ejercicio de la docencia. En esa misma
cédula se creaban los cargos de inspectores y veedores, función
encomendada generalmente a la autoridad eclesiástica, que así
actuaba por delegación del Estado y según la ley dictada por éste.
Estas cédulas fueron también ratificadas por Felipe III en 1609 .
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Entre tanto, en los otros pueblos de Europa, principalmente en
Alemania, el Estado docente asumía características definidas y se
echaban las bases de un sistema de educación pública, que culmina
en los siglos XVIII y XIX.
Arrancadas de ese tronco y con la influencia que difundió en el
mundo la Revolución Francesa y la Revolución Americana, con sus
principios de libertad, como dijimos más arriba, se elaboró nuestra
primera legislación educacional y nuestra doctrina del Estado
docente. En Venezuela el Estado ha mantenido siempre la potestad
inalienable de controlar los servicios de la educación, a todo lo
largo de su vida independiente, consagrada en sus constituciones y
en las leyes tal potestad, como veremos luego.
CONSTITUCIÓN DE 1811
Declarada la Independencia de 1811, nuestra primera
Constitución en su Capítulo IX, Disposiciones Generales, al reco-
nocer la función docente del Estado venezolano, le asignó su ejer-
cicio a los gobiernos regionales, encomendándoles con la ilustra-
ción de todos los ciudadanos atender de manera especial a los
indígenas, que habían sido tradicionalmente olvidados, razón de su
mayor atraso. Con la educación la Constitución ordenaba proveer-
20. Lorenzo Luzuriaga, Documentos para la historia escolar de España, Madrid,
JAE-Centro de Estudios Históricos, 1916, pp. 5 y ss.
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