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Manuel Piar. Reivindicación histórica de un prócer
OHR: ¿Al general Manuel Piar lo enterraron inme-
diatamente después del fusilamiento?
HCR: Esa pregunta es muy interesante. Así quedó
certificado en el Acta de Ejecución; y para nuestro es-
tudio ese dato constituye un indicador de que la Iglesia
católica local no intervino en los eventos o actos fúnebres
de Manuel Piar.
OHR: ¿Por qué afirma eso?
HCR: Según los cánones de la Iglesia católica, desde
el siglo XVI se establece en veinticuatro horas el tiempo
mínimo que debe transcurrir entre el momento del falle-
cimiento y la sepultura de un cristiano. Esta disposición,
vigente en nuestros días, quedó consagrada en el Ritual
Romano de la siguiente manera: “No enterrar a una per-
sona sin dejar pasar un tiempo prudencial —veinticuatro
horas, por lo menos— en particular, si esta muere de re-
pente”.
Sin derecho a Acta de Defunción
OHR: Hablemos ahora del Libro de Difuntos y el Acta
de Defunción ¿qué importancia tienen en su estudio?
HCR: Es fundamental debido a que representaba el
único registro y certificación oficial que debía expedir la
Iglesia católica, sobre la muerte de una persona y describe
el ceremonial realizado a su memoria. Es tanto así que,
desde el siglo XVI, el Concilio de Trento (1545-1563)
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