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Manuel Piar. Reivindicación histórica de un prócer


                  OHR: ¿Al general Manuel Piar lo enterraron inme-
               diatamente después del fusilamiento?
                  HCR:  Esa pregunta es muy interesante. Así quedó
               certificado en el Acta de Ejecución; y para nuestro es-
               tudio ese dato constituye un indicador de que la Iglesia
               católica local no intervino en los eventos o actos fúnebres
               de Manuel Piar.


                  OHR: ¿Por qué afirma eso?
                  HCR: Según los cánones de la Iglesia católica, desde
               el siglo XVI se establece en veinticuatro horas el tiempo
               mínimo que debe transcurrir entre el momento del falle-
               cimiento y la sepultura de un cristiano. Esta disposición,
               vigente en nuestros días, quedó consagrada en el Ritual
               Romano de la siguiente manera: “No enterrar a una per-
               sona sin dejar pasar un tiempo prudencial —veinticuatro
               horas, por lo menos— en particular, si esta muere de re-
               pente”.




               Sin derecho a Acta de Defunción


                  OHR: Hablemos ahora del Libro de Difuntos y el Acta
               de Defunción ¿qué importancia tienen en su estudio?
                  HCR: Es fundamental debido a que representaba el
               único registro y certificación oficial que debía expedir la
               Iglesia católica, sobre la muerte de una persona y describe
               el ceremonial realizado a su memoria. Es tanto así que,
               desde el siglo XVI, el Concilio de Trento (1545-1563)




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