Page 60 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
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CAPÍTULO V



              y diputadas de la Asamblea Nacional, diputados y diputadas de las
              Asambleas Legislativas y alcaldes sensibilizados con el tema.


              La propuesta
              Considerando que la Constitución de la República Bolivariana de
              Venezuela  define  nuestra  sociedad  como  pluricultural  y  multiét-
              nica, en un Estado de justicia, teniendo este Estado en consecuencia,
              entre sus deberes, fortalecer la unidad nacional en la diversidad,
              asegurando la vigencia de los derechos humanos y las libertades
              fundamentales sin ningún tipo de discriminación para los grupos
              sociales existentes;
              Tomando en consideración que el Estado venezolano reconoce y
              garantiza  los  derechos  colectivos  de  los  pueblos  y  comunidades
              sobre  las  tierras  que  ocupan  ancestralmente,  y  que  así  permite
              el desarrollo, promoción y fortalecimiento de las diversas identi-
              dades,  tradiciones  y  culturas  de  los  pueblos  y  comunidades  que
              conforman la sociedad venezolana, sus prácticas de manejo de la
              biodiversidad;
              Se propone:
              Reconocer en el Preámbulo de la Constitución el aporte decisivo de
              los y las africanas y sus descendientes en el proceso de indepen-
              dencia de Venezuela y en la construcción de la sociedad venezolana
              a lo largo de sus distintos períodos históricos.
              Abrir  un  capítulo  dedicado  a  los  Afrodescendientes  que  diga  lo
              siguiente:  CAPÍTULO “XX”.  DE  LAS  COMUNIDADES  y  COLEC-
              TIVOS AFRODESCENDIENTES.
              El Estado reconocerá la existencia de los colectivos y comunidades
              afrodescendientes,  su  organización  social,  política  y  económica,
              sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, las prácticas
              tradicionales de salud, producción y la propiedad colectiva e inte-
              lectual; así como su hábitat y derechos sobre las tierras que ances-
              tral y legendariamente ocupan. Así mismo, el Estado reconoce los
              aportes  morales,  políticos,  culturales,  sociales,  económicos,  espi-
              rituales,  tecnológicos  que  las  y  los  afrodescendientes  sumaron  e
              incorporan a la construcción de la sociedad venezolana.


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