Page 177 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
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Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano Jesús “Chucho” García
b Adoptar las medidas necesarias, inclusive disposiciones legisla-
tivas, para que no se haga discriminación alguna en la admisión de
los alumnos en los establecimientos de enseñanza;
c No admitir, en lo concerniente a los gastos de matrícula, la adjudica-
ción de becas o cualquier otra forma de ayuda a los alumnos, ni en
la concesión de permisos y facilidades que puedan ser necesarios
para la continuación de los estudios en el extranjero, ninguna dife-
rencia de trato entre nacionales por los poderes públicos, salvo las
fundadas en el mérito o las necesidades;
d No admitir, en la ayuda, cualquiera que sea la forma que los poderes
públicos puedan prestar a los establecimientos de enseñanza,
ninguna preferencia ni restricción fundadas únicamente en el
hecho de que los alumnos pertenezcan a un grupo determinado;
e Conceder, a los súbditos extranjeros residentes en su territorio, el
acceso a la enseñanza en las mismas condiciones que a sus propios
nacionales.
Artículo 4
Los Estados Partes en la presente Convención se comprometen,
además, a formular, desarrollar y aplicar una política nacional enca-
minada a promover, por métodos adecuados a las circunstancias y
las prácticas nacionales, la igualdad de posibilidades y de trato en la
esfera de la enseñanza y en especial, a:
a Hacer obligatoria y gratuita la enseñanza primaria, generalizar y
hacer accesible a todos la enseñanza secundaria en sus diversas
formas; hacer accesible a todos, en condiciones de igualdad total y
según la capacidad de cada uno, la enseñanza superior; velar por el
cumplimiento por todos de la obligación escolar prescrita por la ley;
b Mantener en todos los establecimientos públicos del mismo grado
una enseñanza del mismo nivel y condiciones equivalentes en
cuanto se refiere a la calidad de la enseñanza proporcionada;
c Fomentar e intensificar, por métodos adecuados, la educación de
las personas que no hayan recibido instrucción primaria o que no
la hayan recibido en su totalidad, y permitirles que continúen sus
estudios en función de sus aptitudes;
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