Page 106 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
P. 106
Anexos
profesional y técnica superior, así como en todos los tipos de
capacitación profesional;
b Acceso a los mismos programas de estudios, a los mismos exámenes,
a personal docente del mismo nivel profesional y a locales y equipos
escolares de la misma calidad;
c La eliminación de todo concepto estereotipado de los papeles
masculino y femenino en todos los niveles y en todas las formas de
enseñanza, mediante el estímulo de la educación mixta y de otros
tipos de educación que contribuyan a lograr este objetivo y, en parti-
cular, mediante la modificación de los libros y programas escolares
y la adaptación de los métodos de enseñanza;
d Las mismas oportunidades para la obtención de becas y otras
subvenciones para cursar estudios;
e Las mismas oportunidades de acceso a los programas de educación
permanente, incluidos los programas de alfabetización funcional
y de adultos, con miras en particular a reducir lo antes posible toda
diferencia de conocimientos que exista entre hombres y mujeres;
f La reducción de la tasa de abandono femenino de los estudios y la
organización de programas para aquellas jóvenes y mujeres que
hayan dejado los estudios prematuramente;
g Las mismas oportunidades para participar activamente en el
deporte y la educación física;
h Acceso al material informativo específico que contribuya a
asegurar la salud y el bienestar de la familia, incluida la informa-
ción y el asesoramiento sobre planificación de la familia.
Artículo 11: 1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas
apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en la
esfera del empleo a fin de asegurar a la mujer, en condiciones de
igualdad con los hombres, los mismos derechos, en particular:
a El derecho al trabajo como derecho inalienable de todo ser humano;
b El derecho a las mismas oportunidades de empleo, inclusive a la
aplicación de los mismos criterios de selección en cuestiones de
empleo;
c El derecho a elegir libremente profesión y empleo, el derecho al
ascenso, a la estabilidad en el empleo y a todas las prestaciones y
105