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Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano Jesús “Chucho” García
a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos
económicos, sociales, culturales, civiles y políticos,
Teniendo en cuenta las convenciones internacionales concer-
tadas bajo los auspicios de las Naciones Unidas y de los organismos
especializados para favorecer la igualdad de derechos entre el
hombre y la mujer,
Teniendo en cuenta asimismo las resoluciones, declaraciones
y recomendaciones aprobadas por las Naciones Unidas y los orga-
nismos especializados para favorecer la igualdad de derechos entre
el hombre y la mujer,
Preocupados, sin embargo, al comprobar que a pesar de estos
diversos instrumentos las mujeres siguen siendo objeto de impor-
tantes discriminaciones,
Recordando que la discriminación contra la mujer viola los
principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad
humana, que dificulta la participación de la mujer, en las mismas
condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y
cultural de su país, que constituye un obstáculo para el aumento
del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno
desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a
su país y a la humanidad,
Preocupados por el hecho de que en situaciones de pobreza la
mujer tiene un acceso mínimo a la alimentación, la salud, la ense-
ñanza, la capacitación y las oportunidades de empleo, así como a la
satisfacción de otras necesidades,
Convencidos de que el establecimiento del nuevo orden econó-
mico internacional basado en la equidad y la justicia contribuirá
significativamente a la promoción de la igualdad entre el hombre y
la mujer,
Subrayando que la eliminación del apartheid, de todas las
formas de racismo, de discriminación racial, colonialismo, neoco-
lonialismo, agresión, ocupación y dominación extranjeras y de la
injerencia en los asuntos internos de los Estados es indispensable
para el disfrute cabal de los derechos del hombre y de la mujer,
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