Page 100 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
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Convención sobre la eliminación de todas las formas
de discriminación contra la mujer
Organización de las Naciones Unidas
Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la
Asamblea General en su resolución 34/180, del 18 de diciembre
de 1979.
Entrada en vigor: 3 de septiembre de 1981, de conformidad con
el artículo 27 (1)
Serie Tratados de Naciones Unidas Nº 20.378, Vol. 1.246, p. 14.
Los Estados Partes en la presente Convención,
Considerando que la Carta de las Naciones Unidas reafirma la
fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor
de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y
mujeres,
Considerando que la Declaración Universal de Derechos
Humanos reafirma el principio de la no discriminación y proclama
que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad
y derechos y que toda persona puede invocar todos los derechos y
libertades proclamados en esa Declaración, sin distinción alguna y,
por ende, sin distinción de sexo,
Considerando que los Estados Partes en los Pactos Interna-
cionales de Derechos Humanos tienen la obligación de garantizar
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