Page 100 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
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Convención sobre la eliminación de todas las formas
                                 de discriminación contra la mujer



           Organización de las Naciones Unidas


              Adoptada y abierta a la firma y ratificación, o adhesión, por la
           Asamblea General en su resolución 34/180, del 18 de diciembre
           de 1979.
              Entrada en vigor: 3 de septiembre de 1981, de conformidad con
           el artículo 27 (1)
              Serie Tratados de Naciones Unidas Nº 20.378, Vol. 1.246, p. 14.
              Los Estados Partes en la presente Convención,
              Considerando que la Carta de las Naciones Unidas reafirma la
           fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor
           de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y
           mujeres,
              Considerando  que  la  Declaración  Universal  de  Derechos
           Humanos reafirma el principio de la no discriminación y proclama
           que  todos  los  seres  humanos  nacen  libres  e  iguales  en  dignidad
           y derechos y que toda persona puede invocar todos los derechos y
           libertades proclamados en esa Declaración, sin distinción alguna y,
           por ende, sin distinción de sexo,
              Considerando que los Estados Partes en los Pactos Interna-
           cionales de Derechos Humanos tienen la obligación de garantizar


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