Page 211 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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          de los episodios bélicos en Italia en 1859 y en razón de las 18.000 víctimas
          austríacas en la batalla de Solferino y 13.000 de Francia e Italia, dio el gran
          alerta en cuanto al dramatismo .de carnicerías tan impresionantes, además
          de miles de heridos que quedaban en el campo de batalla, y los cuales mo-
          rían irremediablemente, sin asistencia ni gajes de auxilio y consolación de
          ninguno de los dos bandos. Por ello propuso una vez más el servicio que
          antes había diseñado a la vista de la tragedia de Crimea, y su idea recibió el
          aval de otro ginebrino, el jurisconsulto suizo Gustavo Moynier, por lo que
          presentaron un proyecto a los delegados de los 17 países que darían inicio

          a la Primera Convención de Ginebra en octubre de 1863 y que tendría por
          objeto “estudiar los medios de remediar la insuficiencia del servicio sanita-
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          rio de los ejércitos”.  El mecanismo planteado fue discutido y aprobado
          en aquella primera Asamblea. Se trataba de la creación de una Sociedad
          Internacional para socorrer a los heridos en campaña.

            |El 22 de agosto de 1864 hubo otra Convención con un mayor número
          de países suscriptores. Pero veamos la interrelación existente y destacada
          entre los parámetros del Tratado de Regularización de la Guerra, de 1820 y
          los artículos siguientes de este nuevo y decisivo instrumento:
               5° Los habitantes del país que presten socorro a los heridos, se-
             rán respetados y permanecerán libres. Los generales de las potencias
             beligerantes tendrán la misión de advertir a los habitantes del lla-
             mamiento hecho a su humanidad y de la neutralidad que resultará
             de ello. Todo herido recogido y cuidado en una casa, tendrá en ésta
             su salvaguardia. El habitante que hubiere recogido heridos en su
             casa, estará dispensado del alojamiento de tropas, así como de una
             parte de las contribuciones de Guerra que se impusieren. 6° Los
             militares heridos o enfermos serán recogidos y cuidados, sea cual
             fuere la nación a que pertenezcan. Los comandantes en jefe tendrán
             la facultad de entregar inmediatamente a las avanzadas enemigas los



          [ 293 ]_ Ídem, Tomo 16, p. 630.
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