Page 26 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
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CAPÍTULO II



              Estas serían las rebeliones más destacadas de las y los africanos
           y sus descendientes dentro de lo que hemos denominado el cima-
           rronaje frontal, por solo mencionar algunas. En un trabajo poste-
           rior publicaremos una secuencia de más de sesenta rebeliones a lo
           largo y ancho de todo el país en el sistema colonial y postindepen-
           dentista.
              El cimarronaje jurídico fueron aquellas formas legales esta-
           blecidas por las LEYES DE INDIAS, a través de las cuales los y las
           esclavizadas podían obtener su libertad, como el caso del africano
           José del Rosario Blanco, fundador de Curiepe (pueblo de negros
           libres): fugado de Curazao, obtuvo su libertad por haber servido al
           ejército español (García, 1988: 63).
              Dentro del cimarronaje jurídico destacamos las libertades conse-
           guidas por testamentarias; es decir, la libertad que el hacendado le
           daba a algunos de sus esclavizados por motivo de compasión y de
           religiosidad. Otras formas de comprar sus libertades era a través
           del trabajo de “haciendillas”. Se trataba de un sistema jurídico esta-
           blecido en el Código Negro de 1789 (Archivo General de la Nación:
           1789), el cual sostenía que si los amos no podían alimentar ni cubrir
           las necesidades de los esclavizados, tenían que darles un pedacito
           de tierra para que estos lo cultivaran y vendieran sus frutos... y esto
           lo aprovecharon los esclavizados para vender sus frutos y acumular
           dinero  para  comprar  sus  libertades.  En Venezuela  conseguimos
           muchos casos de esclavizados y esclavizadas que compraron sus
           libertades partiendo del sistema de haciendillas.
              Este Código Negro, sancionado el 31 de mayo de 1789, constaba
           de varios capítulos, como el referido a la Educación, reorientada
           esencialmente a la conversión católica a través de una permanente
           instrucción,  luego  bautismo,  oír  misas  y  administrar  los  santos
           sacramentos.
              Otro capítulo del Código Negro estaba referido a la ocupación
           de los “esclavos” donde expresaba que “la principal ocupación de
           los esclavos debe ser la agricultura y demás labores del campo,
           y no de los oficios de la vida sedentaria” (ídem)... es ahí donde se
           les  dan  dos  horas  diarias  para  el  descanso,  pues  ellos  podían


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