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Guanipa Endenantico


            ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para
            desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponderá al

            Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indíge-
            nas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva
            de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles,
            inembargables e intransferible de acuerdo con lo establecido

            en esta Constitución y en la ley.

                  Venimos de aquellas noches y aquellos días primige-
            nios. Nuestro costado indio se expande por todo Anzoátegui

            hasta el Orinoco y más allá. Sus mitos, sus ritos, sus magias
            y su cosmogonía nos marcaron. Después vino el sincretismo
            propio de un país multiétnico y pluricultural, como nos define
            nuestra Carta Magna desde su Preámbulo, otra pieza jurídica

            y poética salida de la pluma esplendente de Gustavo Pereira,
            hermano y compañero de aquellas hermosas jornadas cons-
            tituyentes de refundación de la República.


                  Pero hay otras historias que hacen la historia de Cantaura.
            Una madrugada cayeron lluvias de bombas sobre la humani-
            dad de 23 combatientes, unos guerrilleros, otros estudiantes
            y, algunos, ambas cosas. Desde aquel año, 1982, se habla de la

            “Masacre de Cantaura”. Para los caídos no hubo Comisión ni
            Corte Interamericana de Derechos Humanos, ni Unión Europea,
            ni ONG alguna que prendiera una vela. Los mismos medios que
            hoy piden amnistía, lanzaron sobre los masacrados por la repre-

            sión puntofijista una lápida de silencio. Y sobre los victimarios,
            el elogio periodístico y palangrista del “deber cumplido”.



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