Page 377 - Escritos de ayer y hoy
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El Art. 114 nos orienta a que las acciones violatorias de la
economía nacional sean severamente sancionadas en los tér-
minos siguientes: “El ilícito económico, la especulación, el aca-
paramiento, la usura, la cartelización y otros delitos conexos,
serán penados severamente de acuerdo con la ley”.
Y el Art. 117 se orienta al control de la comercialización:
“La ley establecerá las normas de control de calidad y canti-
dad de bienes y servicios, los procedimientos de defensa del
público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasiona-
dos y las sanciones correspondientes por la violación de estos
derechos”.
En los artículos 308 y 118 se establece que:
El Estado protegerá y promoverá la pequeña y mediana industria, las
cooperativas, las cajas de ahorro, así como también la empresa familiar, la
microempresa y cualquier otra forma de asociación comunitaria para el
trabajo, el ahorro y el consumo, bajo régimen de propiedad colectiva [así
como] todas las formas asociativas destinadas a mejorar la economía po-
pular y alternativa (...) con el fin de fortalecer el desarrollo económico del
país, sustentándolo en la iniciativa popular. 46
En el Art. 123 se le reconoce a los pueblos indígenas el de-
recho a mantener y promover sus prácticas económicas con to-
das sus características, a la “… elaboración, ejecución y gestión
de programas específicos de capacitación, servicios de asisten-
cia técnica y financiera que fortalezcan sus actividades econó-
micas en el marco del desarrollo local sustentable”.
Esta orientación constitucional tiene por finalidad desarro-
llar las formas de producción y distribución de bienes y servi-
cios impulsadas por el pueblo organizado, que venían siendo
estranguladas por la economía capitalista; dejando sentado que
su desarrollo debe fortalecer la economía nacional, es decir,
46 Ibid.
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