Page 376 - Escritos de ayer y hoy
P. 376

su facultad para dictar medidas para planificar, racionalizar y regular la
               economía e impulsar el desarrollo integral del país. 43


               Queda claro que la iniciativa privada tiene como objetivo
            la satisfacción de las necesidades de la población mediante la
            creación y justa distribución de la riqueza, y tiene como orien-
            tación la planificación de la economía por parte del Estado.
               Con estas orientaciones debemos avanzar en la elaboración
            de la normativa jurídica que precise con sencillez la función,
            el objetivo y los fines, establecidos para el sistema socioeconó-
            mico contenido en el texto constitucional.
               Por su lado, en el Art. 113 y en el Art. 307 se toman las
            medidas de prohibir los monopolios y el latifundio en los tér-
            minos siguientes: “No se permitirán monopolios”. Por ser vio-
            latorios del texto constitucional:

                Se declaran contrarios a los principios fundamentales de esta Consti-
               tución (…) el Estado adoptará las medidas que fueren necesarias para
               evitar los efectos nocivos y restrictivos del monopolio, del abuso de la
               posición de dominio y de las demandas concentradas. 44

               Estableciéndole  como finalidad  “la protección del  pú-
            blico consumidor, de los productores y productoras, y el ase-
            guramiento de condiciones efectivas de competencia en la
            economía...”.

                El régimen latifundista es contrario al interés social. La ley dispondrá
               lo conducente en materia tributaria para gravar las tierras ociosas y esta-
               blecerá las medidas necesarias para su transformación en unidades eco-
               nómicas productivas, rescatando igualmente las tierras de vocación
               agrícola... 45


            43   Ibid.
            44   Ibid.
            45   Ibid.

                                                                     375
   371   372   373   374   375   376   377   378   379   380   381