Page 373 - Escritos de ayer y hoy
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humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias”,
garantizando los medios para que estas, y especialmente las
de escasos recursos, puedan acceder a las políticas sociales y
al crédito para la construcción, adquisición o ampliación de
viviendas.
Estas orientaciones nos deben permitir la elaboración de le-
yes que operativicen con efectividad el acceso a dicha protec-
ción y definir como delito de lesa humanidad a quienes, dando
prioridad al lucro personal a través de la especulación, el fraude
u otras prácticas ilícitas, atenten contra la realización efectiva
de dicho derecho.
Esa atención a la familia como epicentro de la seguridad so-
cial la cruza con la corresponsabilidad y la solidaridad social,
y hace énfasis en la participación en la gestión de dicha aten-
ción. En el Art. 84 define con claridad que “… La comuni-
dad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la
toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control
de la política específica en las instituciones públicas de salud”.
Debemos buscar hacer efectiva esa orientación para que la se-
guridad social sea el producto del trabajo social organizado, de
una economía socialista, de un Estado social de derecho y de
justicia, y deje de ser una dádiva inviable del Estado.
El artículo 86, donde establece específicamente la seguri-
dad social, precisa que “Toda persona tiene derecho a la segu-
ridad social como servicio público de carácter no lucrativo...”.
Y, posteriormente, concreta que “… La ausencia de capacidad
contributiva no será motivo para excluir a las personas de su
protección”.
La seguridad social concebida como sistema de atención a
la familia, donde ella como tal y como comunidad organizada
participa en su realización, lógicamente se mueve a través de la
solidaridad y la cooperación humana y no por el lucro personal.
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