Page 360 - De Angostura a Colombia EL COMBATE POR LA LIBERTAD Y UNA MAGNA REPÚBLICA EN 1819
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En el caso de Condorcet, el derecho de ciudad o de ciudadanía, tiene
que ver con ciertas prerrogativas que incluyen la educación, pero habría
que considerar el papel preponderante que este eminente asambleísta
le da a la propiedad. Ejemplo de esto es lo que explica Antonio Torres
del Moral en el Estudio Introductorio que hace a la obra: Bosquejo de
un cuadro histórico de los progresos del espíritu humano. Afirma: “Con-
dorcet establece la siguiente clasificación de los derechos del hombre:
‘los derechos naturales del hombre son: 1º. La seguridad y la libertad
de su persona; 2º. La seguridad y la libertad de sus propiedades; 3º. La
radicalmente diferente al resto de los intelectuales de la época. Ella no es un resultado
que se obtenía al final de un largo proceso, sino que está al principio, se origina en
una ruptura con un orden y se sostiene en una decisión. El ciudadano que propone
Rodríguez es una construcción conceptual resultante de la irrupción de una nove-
dad que transformó un determinado estado de cosas. Las guerras de independencia
significaron una ruptura con el antiguo orden político y dieron lugar a un proceso
extremadamente complejo de modernización, cuyo resultado fue la creación de un
nuevo orden político. La idea de ciudadanía, en los términos que la pensó Rodríguez
fue un concepto creado para nombrar y explicar este cambio político. Para Rodríguez,
era un concepto funcional para nombrar la novedad que surgía del vacío resultante
del derrumbe de la monarquía española en América.” (pp. 16-17). La segunda afirma-
ción que hace Durán es igualmente esclarecedora: “Según nuestro punto de vista, la
proposición universal de Rodríguez rompía con esta forma tradicional de relacionarse.
Ciudadano era el nombre con el que los distintos grupos identitarios eran convocados
a vincularse de una manera distinta e inédita. La afirmación ‘todos son ciudadanos’,
interrumpía la forma tradicional de vinculación entre personas y grupos, en la medida
que introducía la acción de un principio igualitario. La afirmación de Rodríguez,
como hemos dicho, se dirigía a todos más allá de su condición identitaria. Para él, la
pertenencia a un grupo determinado, presuponía necesariamente una desigualdad.
Ante la proposición universal esbozada por él todos eran iguales. De esta manera po-
demos decir que, lo realmente inédito, en la afirmación ‘todos son ciudadanos’ aquello
que trascendía las identidades, era precisamente la acción del principio igualitario
implícito en la proposición universal. Como puede observarse, la oferta de Rodríguez
trastocaba la forma tradicional de vincularse, por que invitaba a los diversos grupos a
relacionarse desde la igualdad” (pp. 18-19).