Page 138 - De Angostura a Colombia EL COMBATE POR LA LIBERTAD Y UNA MAGNA REPÚBLICA EN 1819
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136 Luis R. PeñaLveR BeRmúdez
solo aquellas modificaciones que haga indispensables esta mu-
danza, hasta que en mejores circunstancias proceda a la refor-
ma de sus instituciones fundamentales.
3º. Conservará siempre el nombre de República de Colom-
bia, con el cual se había adquirido tanta celebridad esta parte
de la América.
4º. Se obligará y comprometerá de la manera más solemne a
reconocer y pagar ella sola toda la deuda extranjera, en el caso,
no esperado, de que las otras dos secciones no se allanasen a
pagar la parte que les correspondiese: al intento la ley del cré-
dito público continuará llevándose a su más cumplido efecto,
y sus fondos no podrán tener otra inversión.
5º. Reconocerá la deuda interior y doméstica a favor de sus
propios ciudadanos y habitantes; pero no la que se deba a los
ciudadanos y habitantes de las otras secciones que deberán re-
conocer sus respectivos gobiernos.
6º. Su amistad con las otras secciones será inalterable; y ofre-
ce una cooperación, esfuerzos y sacrificios en la forma que se
convenga por tratados particulares, para repeler cualesquiera
agresiones de los comunes enemigos.
7º. También se admitirán como partes integrantes de la Re-
pública del centro de Colombia, cualesquiera provincias, o de-
partamentos de Quito, o de Venezuela que voluntariamente
quieran incorporarse con la condición de que no se admitirán
pueblos, ni cantones aislados, sino que la agregación ha de ser
precisamente, por lo menos de provincias enteras.
8º. Solo en el caso de una agregación semejante, verificada
con plena y absoluta libertad, quedará la República compro-
metida a mantener la seguridad de los habitantes de aquella
provincia contra toda agresión, o violencia; y por ningún caso
se mezclará en los negocios interiores, ni disputas de los terri-
torios que quedan segregados. (Azuero, 1827, pp. 56-57).