Page 364 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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364  Rafael Ramón Castellanos



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             diador garantice el cumplimiento de la presente estipulación.  La injeren-
             cia se demuestra por cuanto le expresa al Secretario de Estado, Martin Von
             Burén, que esta cláusula pueda modificarse hasta que sólo llegue a ser una
             estipulación en virtud de la cual sean los Estados Unidos unos mediadores
             y terceros en discordia en cualesquiera colisiones futuras entre las partes. 479

               Tal actitud del representante norteamericano exasperó los ánimos de los
             colombianos y es por ello que el Libertador no fue ajeno a fijar normas ante
             una exposición de tal índole, que el señor Harrison no tenía la más elemental
             prudencia en comentarla en los corrillos políticos y diplomáticos de Bogotá.
                   Son del Mariscal Sucre los argumentos que sustentan las bases del
                 Tratado de Armisticio de 15 de julio de 1829 en Buijo , con el cual
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                 se enrumbará la América hacia la codiciada paz invocada en el Trata-
                 do de Guayaquil del 22 de septiembre siguiente que lleva al goce de
                 sus antiguas relaciones a los pueblos de Colombia y Perú (por lo que)
                 el Plenipotenciario de Colombia propone espontáneamente que el
                 gobierno colombiano tendrá la satisfacción de derogar el Decreto del
                 Gran Mariscal de Ayacucho, expedido en el Pórtete de Tarqui con
                 fecha 27 de febrero, luego que llegue a sus noticias que el gobierno
                 peruano ha hecho lo mismo restituyendo al Libertador y al Ejército
                 Libertador las distinciones y honores que les están conferidos por los
                 servicios en el Perú. Ambos Gobiernos, el Libertador por el de Co-
                 lombia y La Fuente por el del Perú, aprueban el Tratado. 481
               El artículo del Convenio de Girón, que aludía a los Estados Unidos y a
             su posible posición mediadora quedó totalmente descartado en este último

             Tratado, donde ni siquiera se hace mención de este país, aunque sí se esta-
             blece por el Artículo 19 en sus tres ítems lo siguiente:



             [ 478 ]_ CHIRIBOGA N., A.I.- Tarqui documentado. Tomo III, p. 331.
             [ 479 ]_ LOPEZ DOMINGUEZ.- La Gran Colombia, p. 249-250.
             [ 480 ]_ Verlo en Tarqui documentado. A.I. Chiriboga, Tomo III p. 445-447.

             [ 481 ]_ Verlo en Tarqui documentado. A.I. Chiriboga. Tomo III, p. 478.
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