Page 301 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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La dimension internacionaL deL Gran mariscaL de ayacucho 301
dra. Mas siendo dilatorio emprender la construcción de buques,
puede adoptarse el proyecto presentado por Colombia de que los
buques de guerra que actualmente tiene y los que poseen otros de
los aliados, se consideren como de la confederación, precediendo al
justiprecio de ellos para de este modo calcular lo que corresponde
a cada estado.
8° Cuando se reúnan fuerzas de mar o tierra de los aliados, tomará
el mando en jefe el oficial más antiguo. La dirección del ejército y
de la escuadra, la tendrá la autoridad que de signe la confederación.
9° El objeto primordial de la liga de las fuerzas de mar y tierra que
debe solicitarse ardientemente es: Primero. —Defender cualquiera
punto de los aliados que sea invadido. Segundo.— Expedicionar
contra las islas de Cuba y Puerto Rico. Tercero. - Expedicionar con-
tra España, si tomadas estas islas no hiciere la paz con los confede-
rados.
10°.Si los representantes del Brasil, que han sido invitados por
Colombia, concurrieren a la asamblea, Veis, entablarán con ellos las
mismas relaciones que entablaren los demás confederados.
11°.Vds. procurarán sondear al ministro británico en Panamá
para descubrir, hasta donde se pueda, la verdadera política de la
Gran Bretaña con respecto a los nuevos estados de América; cual
sea la naturaleza de las relaciones que forme y hasta dónde podrá
llevar su intimidad con ellos; pues conocidas sus disposiciones po-
dría solicitarse oportunamente su alianza. La unión de Vds. con
los ministros colombianos les proporcionará algunos medios para
imponerse de las miras británicas.
12°.Si se propusiere formar una convención consular que fije las
atribuciones de estos empleados, Vds. podrán convenir con la ma-
yoría de la asamblea.
13°.Si se agitaren las cuestiones tan debatidas de la libertad de
alta mar, de la distancia que alcanza la jurisdicción del territorio,
de la propiedad exclusiva de estrechos y mares adyacentes, derecho
de pesca, derecho de naufragio, y salvamento, y otros principios