Page 300 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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300  Rafael Ramón Castellanos



                 de  prohibiciones  en  la  recíproca  introducción  de  los  frutos  del
                 suelo y de la industria de los estados aliados. En él podrían esta-
                 blecerse también los derechos de los neutrales en tiempo de gue-
                 rra, conviniendo: primero, en que el pabellón cubra la mercancía,
                 exceptuándose sólo el contrabando de guerra; segundo, la visita
                 de buques neutrales debe hacerse fuera del alcance del cañón, sin
                 amenaza ni maltratamiento; confiscarles el contrabando de guerra
                 que se encontrare y dejar libre la demás carga; tercero, los buques
                 convoyados no sufren visita y basta la declaración del comandante
                 de convoy; cuarto, el derecho de bloqueo no debe aplicarse sino a
                 plaza realmente bloqueada; quinto, las propiedades enemigas están
                 cubiertas por el pabellón neutral; las de neutrales halladas a bordo
                 de buques enemigos siguen su suerte; sexto, los buques neutrales
                 deben tener por lo menos el capitán y la mitad de la tripulación del
                 país cuya bandera llevan.
                   5° Sondear la disposición del gobierno de los Estados Unidos del
                 Norte de América sobre el reconocimiento de la independencia de
                 Bolivia y si podría celebrarse un tratado de comercio y navegación
                 entre ésta y aquellos estados, bajo los mismos principios que el con-
                 venido entre ellos y Colombia el 3 de octubre de 1824.
                   6° Entablar la abolición del tráfico de esclavos de África declaran-
                 do, de común acuerdo a los traficantes, incursos en el crimen de
                 piratería convencional americana: facultando a los comandantes de
                 buques de guerra para que apresen a los que, bajo pabellón de los
                 confederados, conduzcan a estos infelices, y sujetando las presas a
                 los tribunales de almirantazgo del captor.
                   7° Solicitar la formación de un ejército y una escuadra federal: el
                 primero de 25.000 hombres y la segunda de 30 buques de guerra.
                 El ejército constará de los contingentes de tropa que debe suminis-
                 trar cada estado según su población; la escuadra será también tripu-
                 lada bajo la misma base. Cada gobierno mantendrá de un todo su
                 contingente de mar y tierra, adoptando los medios que tenga por
                 conveniente. Los aliados deben contribuir también, bajo la base de
                 población, con la parte que les queda para la compra de la escua-
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