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¿Por qué se ha reducido el territorio venezolano? Earle Herrera
Articulo 1° Sujeto a revisión de cálculo.
La delimitación de las respectivas áreas marinas y submarinas Longitud Oeste 71° 21’ 00”.
entre la República de Venezuela y la República de Colombia,
que comprenden aguas interiores, mares territoriales, platafor- Tramo 5: Desde el punto «E», señalado siguiendo el meridiano
mas continentales, zonas económicas exclusivas y cualesquiera 71° 21’ 00” hacia el Norte, hasta llegar al límite con un tercer
otras que hayan sido o puedan ser establecidas por las Partes, de Estado.
conformidad con el derecho internacional, es la siguiente: Las coordenadas señaladas están referidas al Datum «La Canoa»
(Venezuela) cuyas coordenadas son:
Tramo 1: A partir del punto en el cual la frontera terrestre llega Latitud 08° 34’ 17,17” Norte.
al mar, siguiendo por el paralelo 11° 51’ 07,41” Norte, que co- Longitud 63° 51’ 34,88” Oeste.
rresponde a la latitud fijada en el Acta N° 4 de fecha 30 de marzo
de 1930, por las Comisiones de Límites de Colombia y de Vene- Artículo 2°
zuela, hasta el punto «B» cuyas coordenadas son las siguientes: Los mares territoriales, las zonas contiguas establecidas o que
Latitud Norte 11° 51’ 07,41”. se establezcan, las plataformas continentales y las zonas econó-
Longitud Oeste 70° 43’ 37,374”. micas exclusivas de las Repúblicas de Venezuela y de Colombia,
entre las Penínsulas de la Guajira y Paraguaná, delimitadas en el
Tramo 2: Desde el punto «B» señalado hasta el punto «C», cuyas artículo 1°, se extienden a partir de las siguientes líneas:
coordenadas son las siguientes: Línea Primera: Desde Punta Macolla (latitud Norte: 12° 05’
Latitud Norte 12° 00’ 01,785”. 45,19”; longitud Oeste: 70° 12’ 48,50”) hasta el Monje del Norte
Longitud Oeste 70° 41’ 45,698”. (latitud Norte: 12° 29’ 42,50”; longitud Oeste 70° 55’ 18,38”).
Línea Segunda: Desde el Monje del Norte hasta el Cabo Chichi-
Tramo 3: Desde el punto «C» señalado hasta el punto «D», cuyas bacoa (latitud Norte 12° 17’ 40,70”; longitud Oeste: 71° 13’ 35,50”).
coordenadas son las siguientes: Estas líneas son establecidas por cada parte dentro de su res-
Latitud Norte 12° 20’ 12,252”. pectiva jurisdicción delimitada en el presente Tratado.
Longitud Oeste 70° 58’ 06,490”. Las aguas comprendidas entre las citadas líneas y las costas
respectivas son aguas interiores de uno u otro país, delimitadas
Tramo 4: Desde el punto «D» señalado hasta el punto «E», cuyas en la forma como se indica en el artículo 1°.
coordenadas son las siguientes:
Latitud Norte 14° 58’ 24,54”.
14° 56’ 40,537”.
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