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¿Por qué se ha reducido el territorio venezolano?   Earle Herrera



  Articulo 1°  Sujeto a revisión de cálculo.
 La delimitación de las respectivas áreas marinas y submarinas    Longitud Oeste 71° 21’ 00”.
 entre la República de Venezuela y la República de Colombia,
 que comprenden aguas interiores, mares territoriales, platafor-  Tramo 5: Desde el punto «E», señalado siguiendo el meridiano
 mas continentales, zonas económicas exclusivas y cualesquiera   71° 21’ 00” hacia el Norte, hasta llegar al límite con un tercer
 otras que hayan sido o puedan ser establecidas por las Partes, de   Estado.
 conformidad con el derecho internacional, es la siguiente:  Las coordenadas señaladas están referidas al Datum «La Canoa»
            (Venezuela) cuyas coordenadas son:
  Tramo 1: A partir del punto en el cual la frontera terrestre llega   Latitud 08° 34’ 17,17” Norte.
 al mar, siguiendo por el paralelo 11° 51’ 07,41” Norte, que co-  Longitud 63° 51’ 34,88” Oeste.
 rresponde a la latitud fijada en el Acta N° 4 de fecha 30 de marzo
 de 1930, por las Comisiones de Límites de Colombia y de Vene-  Artículo 2°
 zuela, hasta el punto «B» cuyas coordenadas son las siguientes:   Los mares territoriales, las zonas contiguas establecidas o que
 Latitud Norte 11° 51’ 07,41”.   se establezcan, las plataformas continentales y las zonas econó-
 Longitud Oeste 70° 43’ 37,374”.   micas exclusivas de las Repúblicas de Venezuela y de Colombia,
            entre las Penínsulas de la Guajira y Paraguaná, delimitadas en el
 Tramo 2: Desde el punto «B» señalado hasta el punto «C», cuyas   artículo 1°, se extienden a partir de las siguientes líneas:
 coordenadas son las siguientes:   Línea Primera: Desde Punta Macolla (latitud Norte: 12° 05’
 Latitud Norte 12° 00’ 01,785”.  45,19”; longitud Oeste: 70° 12’ 48,50”) hasta el Monje del Norte
 Longitud Oeste 70° 41’ 45,698”.   (latitud Norte: 12° 29’ 42,50”; longitud Oeste 70° 55’ 18,38”).
                Línea Segunda: Desde el Monje del Norte hasta el Cabo Chichi-
 Tramo 3: Desde el punto «C» señalado hasta el punto «D», cuyas   bacoa (latitud Norte 12° 17’ 40,70”; longitud Oeste: 71° 13’ 35,50”).
 coordenadas son las siguientes:   Estas líneas son establecidas por cada parte dentro de su res-
 Latitud Norte 12° 20’ 12,252”.   pectiva jurisdicción delimitada en el presente Tratado.
 Longitud Oeste 70° 58’ 06,490”.   Las aguas comprendidas entre las citadas líneas y las costas
            respectivas son aguas interiores de uno u otro país, delimitadas
 Tramo 4: Desde el punto «D» señalado hasta el punto «E», cuyas   en la forma como se indica en el artículo 1°.
 coordenadas son las siguientes:
 Latitud Norte 14° 58’ 24,54”.
                         14° 56’ 40,537”.




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