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¿Por qué se ha reducido el territorio venezolano? Earle Herrera
Artículo 3° Parágrafo Segundo: El paso contemplado en el presente artí-
Sujeto a las normas contenidas en este artículo y en el dere- culo deberá efectuarse por una vía directa adecuada a las conve-
cho internacional, cada Parte establece el paso inocente por sus niencias de la navegación y ser rápido e ininterrumpido. Los bu-
aguas interiores delimitadas en el presente Tratado, para: ques no podrán detenerse ni fondear sino en los casos previstos
1) Los buques mercantes de cualquier nacionalidad que se en el derecho internacional.
dirijan a puertos de una u otra de las Partes o que, proveniente
de ellos, se dirijan a espacios marítimos diferentes; Artículo 4°
2) Los buques de guerra y demás buques de Estado, des- En caso de que un yacimiento de hidrocarburos se extienda a
tinados a fines no comerciales pertenecientes a Venezuela o a ambos lados de la línea de delimitación establecida en el presen-
Colombia que se dirijan a sus aguas interiores de su propio país te Tratado, cada Parte realizará la exploración y explotación del
o que, procedentes de ellas, se dirijan a espacios marítimos di- yacimiento dentro de sus propias áreas marítimas y participará
ferentes; por mitad en los hidrocarburos extraídos del mismo, pero de-
3) Los buques de bandera venezolana o colombiana de propie- berá entonces asumir la mitad de los costos correspondientes.
dad pública o privada destinados a fines comerciales, incluyendo Cuando una de las Partes estime que un yacimiento explo-
el transporte o el aprovechamiento de recursos naturales, que: rado o explotado por la otra se extiende a su lado de la línea
a) Procedentes de puertos o de aguas interiores de una de delimitación fijada en el presente Tratado, deberá notificarlo
de las Partes se dirijan a puertos de la otra o a espacios maríti- a la otra. Hecha tal notificación, las Partes intercambiarán los
mos diferentes, o datos y la información que sobre el caso posean y realizarán de
b) Procedentes de espacios marítimos diferentes se diri- mutuo acuerdo, con espíritu de cooperación, los estudios, ex-
jan a aguas interiores del Estado cuyo pabellón enarbolan. ploraciones y prospecciones necesarios, de conformidad con las
normas y procedimientos técnicos generalmente utilizados, para
Lo dispuesto en este numeral 3) se aplicará igualmente a los determinar si efectivamente se trata de un yacimiento de las ca-
buques de otras banderas que se encuentren al servicio de una racterísticas indicadas.
de las Partes, siempre que tal relación con el respectivo buque Ambas partes observarán las normas y procedimientos técni-
haya sido notificada previamente a la otra. cos a fin de asegurar la máxima recuperación final de los hidro-
Parágrafo Primero: Los buques que ejerzan el derecho de carburos contenidos en el yacimiento.
paso inocente a que se refiere el presente artículo, deberán ob-
servar las leyes y reglamentos que dicte el Estado respectivo Artículo 5°
para efectos de la seguridad de la navegación, prevención de En relación con las áreas delimitadas en este Tratado, las Partes
la contaminación y demás materias previstas en el derecho in- negociarán acuerdos sobre materias de interés común, tales como
ternacional. la pesca, el aprovechamiento y protección de los recursos vivos,
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