Page 426 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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426 Rafael Ramón Castellanos
plazas, guarniciones o puestos fortificados, aunque éstos sean tomados al
asalto, y en la marina los que sean aun al abordaje.
Art. 4° Los militares o dependientes de un ejército que se aprehendan he-
ridos o enfermos en los hospitales, o fuera de ellos, no serán prisioneros de
guerra, y tendrán libertad para restituirse a las banderas a que pertenecen, lue-
go que se hayan restablecido, interesándose tan vivamente la humanidad en
favor de estos desgraciados, que se han sacrificado a su patria y a su gobierno,
que deberán ser tratados con doble consideración y respeto que los prisione-
ros de guerra, y se les prestará por lo menos la misma asistencia, cuidado y
alivio que a los heridos y enfermos del ejército que los tenga en su poder.
Art. 5° Los prisioneros de guerra se canjearán clase por clase y grado por
grado, o dando por superiores el número de subalternos que es de costumbre
entre las naciones cultas.
Art. 6° Se comprenderán también en el canje y serán tratados como prisio-
neros de guerra, aquellos militares o paisanos que individualmente o en par-
tidas hagan el servicio de reconocer, observar, o tomar noticias de un ejército
para darlas al jefe de otro.
Art. 7° Originándose esta guerra de la diferencia de opiniones, hallándose
ligados con vínculos y relaciones muy estrechas los individuos que han com-
batido encarnizadamente por las dos causas; y deseando economizar la sangre
cuanto sea posible, se establece que los militares o empleados que habiendo
antes servido a cualesquiera de los dos gobiernos hayan desertado de sus ban-
deras y se aprehendan bajo la del otro, no puedan ser castigados con pena
capital. Lo mismo se entenderá con respecto a los conspiradores y desafectos
de una y otra parte.
Art. 8° El canje de prisioneros será obligatorio, y se hará a la más posible
brevedad. Deberán, pues, conservarse siempre los prisioneros dentro del te-
rritorio de Colombia, cualquiera que sea su grado y dignidad; y por ningún
motivo ni pretexto se alejarán del país llevándolos a sufrir males mayores que
la misma muerte.