Page 77 - De mi propia mano
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las armas de los dos gobiernos, recibirán los últimos honores de la sepultu-
                 ra, o se quemarán cuando por su número o por la premura del tiempo, no
                 pueda hacerse lo primero. el ejército o cuerpo vencedor, será el obligado
                 a cumplir con este sagrado deber del cual, sólo por una circunstancia muy
                 grave y singular podrán descargarse, avisándolo inmediatamente a las au-
                 toridades del territorio en que se halle para que lo hagan. los cadáveres
                 que de una y otra parte se reclamen por el Gobierno o por los particulares,
                 no podrán negarse y se concederá la comunicación necesaria para trans-
                 portarlos.
                    art. 13  los generales de los ejércitos, los jefes de las divisiones y
                           o
                 todas las autoridades estarán obligados a guardar fiel y estrictamente este
                 tratado y sujetar a las más severas penas por su infracción, constituyéndose
                 ambos gobiernos responsables a su exacto y religioso cumplimiento bajo
                 la garantía de la buena fe y del honor nacional.
                    art. 14  el presente tratado será ratificado y canjeado dentro de las
                           o
                 sesenta horas y empezará a cumplirse desde el momento de la ratificación
                 y canje; y en fe de que así lo convenimos y acordamos nosotros los comisio-
                 nados de españa y de colombia, firmamos dos de un tenor, en la ciudad
                 de trujillo, a las diez de la noche del 26 de noviembre de 1820.


                                Ramón correa, antonio José de Sucre, Juan Rodríguez toro,
                                    Pedro briceño Méndez, Francisco González de linares,
                                                                  José Gabriel Pérez.


                                           SiMÓN bolÍVaR
                      libertador, Presidente de la República de colombia, &., &., &.

                    Por cuanto los señores general de brigada antonio José de Sucre,
                 coronel Pedro briceño Méndez y teniente coronel José Gabriel Pérez, mis
                 comisionados para ajustar y concluir un tratado que regularice la guerra
                 entre españa y colombia con los comisionados del excmo. señor general
                 en jefe del ejército expedicionario de costa firme, don Pablo Morillo, conde
                 de cartagena, de parte del gobierno español, señores jefe superior políti-
                 co de Venezuela, brigadier don Ramón correa, alcalde primero constitu-


                                          biblioteca ayacucho
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