Page 446 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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446  Rafael Ramón Castellanos



             la provincia de Guayaquil. Todo cuerpo o guerrilla que exista fuera de
             estos límites, se retirará al territorio a que le corresponde, siendo obligado
             al efecto, por el gobierno a quien pertenece.
               5° Durante la presente tregua, el comercio será franco entre las citadas
             tres provincias, sujeto a las leyes municipales, o del país.
               6° Si una expedición invasora de Piura, sobre la provincia de Cuenca
             que se ha indicado, hubiere tenido efecto, el gobierno de Colombia soli-

             citará con su consideración nacional, por medio de un jefe, que se retire
             a los límites del Perú; y en recompensa las tropas españolas no podrán
             pasar de dichos límites de Colombia hacia el Perú, durante el tiempo del
             armisticio.
               7° Las tropas españolas no podrán pasar los límites del territorio actual
             de sus operaciones, hacia ningún otro punto de la República, sin que
             precedan catorce días de aviso al jefe de la división del sur, puesto que tal
             clase de operación señala el principio de un rompimiento con las armas
             de Colombia; y del mismo modo, las fuerzas de Popayán no hostilizarán
             el país con cuyo objeto el jefe del ejército español entablará una negocia-

             ción particular con aquel jefe, con vista de ésta.
               8° El canje pendiente de los prisioneros, que existen en poder de uno y
             otro gobierno, deberá llevarse a efecto en el período de esta tregua; y cada
             gobierno tendrá la libertad de dirigir los oficiales de su servicio a cualquier
             punto que ocupen sus armas, a cuyo efecto serán auxiliados competente-
             mente por las autoridades del que los conserva como prisioneros.
               9° El presente tratado será ratificado en el término de tres días, por el
             general en jefe del ejército, o su segundo, y por el general Sucre con la
             debida connotación del gobierno de Guayaquil; sin que pueda ser luego
             roto por ninguna de las autoridades.

               10° Mientras fuere ratificado este convenio, las tropas españolas per-
             manecerán en los puntos que ocupan actualmente, extendiéndose sobre
             su flanco derecho hasta el pueblo de Caracol, para tomar más cómodos
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