Page 419 - Escritos de ayer y hoy
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La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad
            entre el Estado y la sociedad civil, para dar cumplimiento a los principios
            de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidari-
            dad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos
            humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades indi-
            viduales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de
            un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comu-
            nidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los
            ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y mi-
            litar. 61


            Así,  la  responsabilidad  inclusiva,  comentada  en  líneas  an-
          teriores, se articula con el fundamento de la corresponsabili-
          dad  entre  el  Estado  como  aparato  político  administrativo  y
          la sociedad civil en cuanto poder popular para alcanzar como
          objetivos:
            •  Realizar  la  independencia,  democracia,  igualdad,  paz,
               libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación
               ambiental y afirmación de los derechos humanos.
            •  Satisfacer en forma progresiva las necesidades tanto in-
               dividuales como colectivas sobre las bases de un desarro-
               llo sustentable, productivo y de plena cobertura para la
               comunidad nacional.
            Si bien la seguridad compete a todos y la defensa se traduce
          en acciones llevadas a cabo en diversos ámbitos por la pobla-
          ción, dada la naturaleza sensible de algunas materias para la
          seguridad del Estado, hace que el Ejecutivo Nacional como di-
          rección de gobierno se reserve para sí la divulgación pública de
          determinados asuntos. Esto se recoge en el artículo 325, que
          establece: “El Ejecutivo Nacional se reserva la clasificación y
          divulgación de aquellos asuntos que guarden relación directa
          con la planificación y ejecución de operaciones concernientes a
          la seguridad de la Nación...”.

          61   Ibid.
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