Page 418 - Escritos de ayer y hoy
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personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho
               privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional. 60


               Del análisis de este artículo se puede concluir que el Estado,
            a través de políticas y acciones, debe asegurar las condiciones
            de desarrollo integral de la nación en que se fundamenta la se-
            guridad, cuya expresión más general se resume en los objetivos
            del ejercicio de los derechos irrenunciables como nación a la
            independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la inte-
            gridad territorial y la autodeterminación nacional (Art. 1), y el
            propósito constitucional del Estado de construir una sociedad
            justa y amante de la paz (Art. 3).
               Asimismo se desprende, del artículo comentado, el criterio
            de responsabilidad inclusivo para toda la población en la de-
            fensa que es integral, pues abarca diversos ámbitos y compete
            a los venezolanos y venezolanas como nacionales; pero tam-
            bién a los extranjeros, sean residentes o bien se encuentren de
            tránsito tanto en el territorio nacional como en los demás es-
            pacios geográficos en los cuales ejerce soberanía la República
            Bolivariana de Venezuela.
               La responsabilidad de la defensa de la nación cabe tanto a
            la condición de persona natural o física como a las personas
            jurídicas autorizadas por ley para la realización de ciertos pro-
            pósitos; esto se refiere a empresas, fundaciones, cooperativas
            y cualesquiera otras formas asociativas constituidas para fines
            legítimos.
               En cuanto al fundamento, principios y ámbitos de la se-
            guridad, el “Capítulo II. De los principios de seguridad de la
            Nación”, artículo 326, establece:





            60   Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a la Gaceta Oficial
            n.° 5.453 extraordinario, del 24 de marzo de 2000. Imprenta Nacional.

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