Page 421 - Escritos de ayer y hoy
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como a las leyes por medio de acciones que aseguren derechos
y deberes; y el artículo 19, en el internacional, por medio de la
política exterior y su proyección en la comunidad internacional
de acuerdo a los principios de autodeterminación, solidaridad
y cooperación entre los pueblos.
Cabe al Estado que para preparar en forma oportuna la
transición necesaria de una situación de normalidad a otra ex-
traordinaria, según su naturaleza, se instituye la movilización
como previsiones adoptadas y acciones preparatorias y ejecu-
tivas con el propósito de transformar el potencial de la nación
en poder nacional (Art. 28).
En la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana se establece, entre las funciones de la Fuerza
Armada Nacional Bolivariana, la unidad fundamental entre
el componente armado y el pueblo enmarcado en la defensa
integral (Art. 4, Ord. 3) y en el Cap. VII. Sección primera,
artículo 69, entre las funciones que competen a la Milicia
Bolivariana se contempla la vinculación con el pueblo para ga-
rantizar la defensa integral (Ord. 3), ejecutar operaciones de
defensa integral (Ord. 4), orientar a los Consejos Comunales
para coadyuvar en las políticas públicas (Ord. 7), contribuir y
asesorar a la conformación de los Comités de Defensa Integral
de los Consejos Comunales (Ord.8) y actuar como correa de
información en la elaboración de acciones, planes y programas
de defensa integral de la nación y para la movilización nacio-
nal (Ord. 9).
La corresponsabilidad del poder popular en la defensa in-
tegral nacional, que en esencia es la lucha de todo el pueblo,
guerra de todo el pueblo en defensa de la nación –como lo
señalara Ho Chi Min–, es un factor de la mayor relevancia
para la seguridad de la nación en cualquiera de sus niveles, sea
en materia de orden público, situaciones de riesgo y desastres
naturales, conmoción interna o amenaza exterior por parte
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