Page 275 - Agroecologías insurgentes en Venezuela Territorios, luchas y pedagogías en revolución
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Agroecologia y el nuevo Estado ecosocialista | 275



          •   El nuevo Estado bolivariano con carácter ecosocialista y autogestionario
              debe ejercer la soberanía sobre la biodiversidad, cuya administración y
              gestión se realizará con responsabilidad intergeneracional y se propone
              declarar de interés público la conservación de la biodiversidad y todos
              sus componentes, en particular, la biodiversidad agrícola y silvestre,
              y el patrimonio genético del país. Debemos aprovechar el momento
              para  declarar a Venezuela  libre de  cultivos y  semillas  transgénicos.
              Se debe regular bajo estrictas normas de bioseguridad, el uso y el
              desarrollo de la biotecnología moderna y sus productos, así como
              su experimentación, uso y comercialización. Se prohíbe la aplicación
              de biotecnologías riesgosas o experimentales considerando los
              siguientes principios:

               * Son de propiedad inalienable, imprescriptible e inembargable del
                nuevo Estado bolivariano, los recursos naturales no renovables y,
                en general, los productos del subsuelo, yacimientos minerales y de
                hidrocarburos, sustancias cuya naturaleza sea distinta de la del suelo,
                incluso los que se encuentren en las áreas cubiertas por las aguas
                del mar territorial y las zonas marítimas; así como la biodiversidad
                y su patrimonio genético. Estos bienes solo podrán ser explotados
                en estricto cumplimiento de los principios ambientales establecidos
                o que se establezcan.
               * El nuevo Estado bolivariano debe garantizar que los mecanismos
                de producción, consumo y uso de los recursos naturales y la energía
                preserven y recuperen los ciclos naturales y permitan condiciones
                de vida con dignidad.
               * El derecho humano  al agua es  fundamental e irrenunciable. El
                agua constituye patrimonio  nacional  estratégico  de uso público,
                inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.
               * Se declara de interés  público la  preservación  del ambiente, la
                conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del
                patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la
                recuperación de los espacios naturales degradados.
               * La naturaleza o Pachamama,  donde se  reproduce  y  realiza la
                vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y
                el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura,
                funciones y procesos evolutivos.
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