Page 647 - De Angostura a Colombia EL COMBATE POR LA LIBERTAD Y UNA MAGNA REPÚBLICA EN 1819
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mantenidos con nuevos agravantes. Y los otros más recientes generados
por la postguerra: los militares encumbrados por la guerra que aspiraban
socialmente a obtener retribuciones; realistas conversos con posiciones
acomodaticias en la revolución para negocios particulares; los exiliados
que retornaban a la patria libre y aspiraban acomodarse en cargos oficia-
les o aprovechar nuevas tierras; los sectores sin bienes económicos que
se incorporaron al ejército esperaban su retribución en tierras o licencias
para el comercio; y aún, la esclavitud era una tragedia nacional. El res-
tablecimiento de la agricultura, del comercio y la economía en general,
eran los males cruciales que aquejaban a la nación.
Para Bolívar la tranquilidad de la república dependía, en primer lugar,
de compensar los servicios prestados a la independencia por los jefes
militares. Y un pensador tan intuitivo y penetrante como Bolívar en-
tendió que la base de la estabilidad en ese momento dependía de crear
una estructura de poder interna que amainara las apetencias políticas de
aquellos jefes. Así, dispuso de una estructura de reparto de poder regio-
nal, con el fin de mantener un equilibrio entre los caudillos militares:
Páez fue designado comandante general de las provincias de Caracas y
Barinas; Mariño, con igual rango, en las provincias de Coro, Trujillo,
Mérida y Maracaibo; y a Bermúdez le asignaron Cumaná, Margarita
y Guayana. Y dejaron a Carlos Soublette como vicepresidente de Ve-
nezuela. En verdad, Bolívar había ideado la clave justa para aquel mo-
mento y crear una base de poder interno que permitiera la estabilidad y
recompensar así los caudillismos de sus jefes militares.
En relación con la retribución con tierras a los soldados que se habían
incorporado al ejército patriota desde 1814-1821, Bolívar había dis-
puesto confiscar las tierras de los realistas y americanos para repartirlas
en justicia social a los soldados —pueblo en armas— mediante decreto
del 3 de septiembre de 1817. Y un mes después —el 10 de octubre de