Page 302 - De Angostura a Colombia EL COMBATE POR LA LIBERTAD Y UNA MAGNA REPÚBLICA EN 1819
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300   Manuel e. Carrero Murillo



                 quales vá á fundarse esta vasta República. Proclamadla á la faz
                 del Mundo, y mis servicios quedarán recompensados .
                                                                  17
               Era el congreso quien debía aprobar la ley de la nueva república:
             “…La reunión de la Nueva-Granada y Venezuela es el objeto único
             que me he propuesto desde mis primeras armas; es el voto de los Ciu-
             dadanos de ambos países, y es la garantía de la Libertad de la América

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             del Sur” . Tres días después, el viernes 17 de diciembre el Congreso
             sancionó la Carta Fundamental de la República de Colombia, cuyo tex-
             to completo establece:
                   Ley Fundamental de la República de Colombia

                   El soberano Congreso de  Venezuela, a cuya autoridad han
                 querido voluntariamente sujetarse los pueblos de la Nueva Gra-
                 nada recientemente libertados por las Armas de la República:

                   Considerando.

                   1.º Que unidas en una sola República las Provincias de Ve-
                 nezuela y de la Nueva Granada tienen todas las proporciones
                 y medios de elevarse al más alto grado de poder y prosperidad.

                   2.º Que constituidas en Repúblicas separadas, por más estre-
                 chos que sean los lazos que las unan, bien lejos de aprovechar
                 tantas ventajas, llegarían difícilmente a consolidar y hacer respe-
                 tar su Soberanía.

                   3.º Que estas verdades altamente penetradas por todos los
                 hombres de talentos superiores y de un ilustrado patriotismo,
                 había movido los gobiernos de las dos Repúblicas a convenir en
                 su reunión, que las vicisitudes de la guerra impidieron verificar.

             [17]_ Véase: “Congreso. Sesión Extraordinaria del 14 de diciembre” en: Correo del
             Orinoco, n.º 47, sábado 18 de diciembre de 1819, 9º, tomo II.
             [18]_ Ibidem.
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