Page 198 - ¿Por qué se ha reducido el territorio venezolano?
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¿Por qué se ha reducido el territorio venezolano?                                            Earle Herrera



            la contención venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899 sobre                 2) Si dentro de los tres meses siguientes a la recepción del infor-
            la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e írrito.               me final el Gobierno de Venezuela y el Gobierno de Guayana no
                                                                                            hubieran llegado a un acuerdo con respecto a la elección de uno
                                  ARTÍCULO II                                               de los medios de solución previstos en el artículo 33 de la Carta
            1) Dentro de dos meses contados a partir de la entrada en vigor                 de las Naciones Unidas, referirán la decisión sobre los medios
            de este Acuerdo dos Representantes para que formen parte de la                  de solución a un órgano internacional apropiado que ambos go-
            Comisión Mixta serán nombrados por el Gobierno de Venezuela                     biernos acuerden, o de no llegar a un acuerdo sobre este punto
            y dos por el Gobierno de Guayana Británica.                                     al Secretario General de las Naciones Unidas. Si los medios así
                                                                                            escogidos no conducen a una solución de la controversia, dicho
            2) El Gobierno que nombre un representante puede en cualquier                   órgano o como puede ser el caso, el Secretario General de las
            tiempo reemplazarlo y debe hacerlo inmediatamente si uno de                     Naciones Unidas, escogerán otro de los medios estipulados en
            sus Representantes o ambos, por enfermedad, muerte u otra                       el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, y así sucesiva-
            causa, estuvieren incapacitados para actuar.                                    mente, hasta que la controversia haya sido resuelta, o hasta que
                                                                                            todos los medios de solución pacífica contemplados en dicho
            3) La Comisión Mixta puede por acuerdo entre los Represen-                      artículo hayan sido agotados.
            tantes designar expertos para que colaboren con ella, bien en
            general o en relación a una materia particular sometida a la con-                                     ARTÍCULO V
            sideración de la Comisión Mixta.                                                1) Con el fin de facilitar la mayor medida posible de cooperación
                                                                                            y mutuo entendimiento, nada de lo contenido en este Acuerdo
                                  ARTÍCULO III                                              será interpretado como una renuncia o disminución por parte
            La Comisión Mixta presentará informes parciales a intervalos de                 de Venezuela, el Reino Unido o la Guayana Británica de cua-
            seis meses contados a partir de la fecha de su primera reunión.                 lesquiera bases de reclamación o de soberanía territorial en los
                                                                                            territorios de Venezuela o Guayana Británica o de cualesquiera
                                  ARTÍCULO IV                                               derechos que se hubiesen hecho valer previamente o de recla-
            1) Si dentro de un plazo de cuatro años contados a partir de la                 maciones de tal soberanía territorial o como prejuzgando su po-
            fecha de este Acuerdo, la Comisión Mixta no hubiere llegado a                   sición con respecto a su reconocimiento o no reconocimiento de
            un acuerdo completo para la solución de la controversia, referirá               un derecho o reclamo o base de reclamo por cualquiera de ellos
            al Gobierno de Venezuela y al Gobierno de Guayana en su infor-                  sobre tal soberanía territorial.
            me final cualesquiera cuestiones pendientes. Dichos gobiernos
            escogerán sin demora uno de los medios de solución pacífica                     2) Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se ha-
            previstos en el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.                 lle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer


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