Page 491 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
P. 491

La dimension internacionaL deL Gran mariscaL de ayacucho 491



          22


          Bases propuestas por el General La Mar


            1° El gobierno de Colombia devolverá a todos los peruanos que S.E. el
          general Bolívar transportó fuera del Perú después de la batalla de Ayacucho,
          en reemplazo de las bajas del Ejército colombiano que estuvo de auxilio, y se
          obliga a dar una indemnización por aquéllos que no pueden devolverse, bien
          por haber muerto, bien por otros motivos justos.
            2° El gobierno de Colombia se comprometerá a pagar al Perú todos los
          gastos extraordinarios causados en la presente guerra hasta que se firme el

          tratado definitivo de paz.
            3° El departamento de Guayaquil quedará en el estado en que se hallaba
          antes de que S.E. el General Bolívar lo agregase a Colombia, y en el tratado
          definitivo se arreglarán las precauciones que deban tomarse para se pronuncie
          con toda libertad, sin que pueda haber la menor sospecha de coacción por
          ninguna de las dos partes contratantes.
            4° Se nombrarán comisionados por ambas partes para que liquiden las
          cuentas pendientes y convengan en los términos en que debe hacerse el pago
          del alcance que resulte.

            5° Igualmente se nombrarán comisionados para que establezcan los límites
          de las dos repúblicas.
            6° Los demás puntos se arreglarán en el tratado definitivo conforme a estas
          bases, en cuanto tenga relación con ellas.
            7° Se admite por parte del Perú la garantía de una potencia extranjera que
          se ha propuesto, eligiéndose los Estados Unidos de Norte América, cuyo alla-
          namiento será del cargo de Colombia solicitar y conseguir.

            8° Estas bases serán ratificadas por los gobiernos del Perú y Colombia.
            Cuartel General en Saraguro, 7 de febrero de 1829.
            JOSÉ DE LA MAR
   486   487   488   489   490   491   492   493   494   495   496