Page 483 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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La dimension internacionaL deL Gran mariscaL de ayacucho 483



            6° El gobernador ratificará a bordo de la Briton la capitulación, y desde este
          momento permanecerá en ella por rehenes hasta que la guarnición del Ejército
          sitiador se posesione de la plaza en la forma que se estipulará, y después quedará
          expedito para marcharse cuanto antes le sea posible a dar cuenta a S.M.C.
            6-La ratificación se hará en la misma plaza, y su gobernador debe pre-
          senciar la entrega, la cual verificada, puede embarcarse con la parte de
          guarnición que ha de hacerlo en el transporte inglés destinado al efecto.

            7° Un general de brigada del Ejército sitiador pasará también en rehenes a
          bordo de la Briton en el instante que lo verifique el gobernador de la plaza,
          y será libre de esta obligación cumplidos que sean los artículos 4° y 5°.
            7-No habrá rehenes por alguna de las partes contratantes.

            8° El gobernador, jefes y oficiales conservarán el uso de uniforme y espada, y
          podrán llevar los asistentes correspondientes a su clase y los criados que tuvieren.
            8-Concedido.
            9° A los jefes, oficiales, tropa y toda clase de los empleados que deben
          quedarse en el país, se les concederá por el gobierno de la República pasa-
          porte o licencia para regresar a sus domicilios o adonde mejor les conven-

          ga, también por cuenta de la misma.
            9-Concedido, respecto a los pasaportes y salvoconductos.
            10° Los jefes, oficiales y tropa sacarán su ropa, dinero, libros, ajuar de
          servicio, monturas, asistentes, y cuanto les pertenezca a ellos

            y a sus respectivas familias, previa revisión de un jefe del Ejército sitia-
          dor, si se considera prudente.
            10-Concedido, con la prevención de que en lo respectivo a alhajas y
          dinero sólo podrán llevar lo que valga la mitad de sus haberes en el sitio,
          no entendiéndose comprendido en esta especie el servicio particular de
          plata proporcionado a cada clase.

            11° Los jefes, oficiales y empleados que les acomodase el servicio de la
          República, serán admitidos en sus graduaciones respectivas.
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