Page 286 - De mi propia mano
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10  todo individuo del ejército o empleado que prefiera separarse del
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                 servicio, y quedarse en el país, lo podrá verificar, y en este caso sus personas
                 y propiedades serán sagradamente respetadas.
                       10  concedido.
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                    11  la plaza del callao será entregada al ejército unido libertador, y
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                 su guarnición será comprendida en los artículos de este tratado.
                       11  concedido, pero la plaza, del callao con todos sus enseres y
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                       existencias será entregada a disposición de S.e. el libertador dentro
                       de veinte días de notificado.
                    12  Se enviarán jefes de los ejércitos español y unido libertador a las
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                 provincias para que los unos reciban, y los otros entreguen los archivos,
                 almacenes, existencias y las tropas de las guarniciones.
                       12  concedido comprendiendo las mismas formalidades en la
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                       entrega del callao. las provincias estarán del todo entregadas a
                       los jefes independientes en quince días, y los pueblos más lejanos
                       en todo el presente mes.
                    13  Se permitirá a los buques de guerra y mercantes españoles hacer
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                 víveres en los puertos del Perú, por el término de seis meses después de la
                 notificación de este convenio, para habilitarse y salir del mar Pacífico.
                       13  concedido, pero los buques de guerra sólo se emplearán en sus
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                       aprestos para marcharse sin cometer ninguna hostilidad, ni tam-
                       poco a su salida del Pacífico; siendo obligados a salir de todos los
                       mares de la américa, y no pudiendo tocar en chiloé, ni en ningún
                       puerto de américa ocupado por los españoles.
                    14  Se dará pasavante a los buques de guerra y mercantes españoles,
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                 para que puedan salir del Pacífico hasta los puertos de europa.
                       14  concedido, según el artículo anterior.
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                    15  todos los jefes y oficiales prisioneros en la batalla de este día,
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                 quedarán desde luego en libertad y lo mismo, los hechos en anteriores
                 acciones por uno y otro ejército.
                       15  concedido, y los heridos se asistirán por cuenta del erario
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                       del Perú hasta que completamente restablecidos dispongan de su
                       persona.




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