Page 190 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
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Anexos



           3.  Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equi-
              tativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una exis-
              tencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en
              caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
           4.  Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para
              la defensa de sus intereses.


           Artículo 24
              Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo
           libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vaca-
           ciones periódicas pagadas.

           Artículo 25
           1.  Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le
              asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial
              la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los
              servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros
              en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros
              casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias
              independientes de su voluntad.
           2.  La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia
              especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matri-
              monio, tienen derecho a igual protección social.

           Artículo 26
           1.  Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser
              gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental
              y  fundamental.  La  instrucción  elemental  será  obligatoria.  La
              instrucción  técnica  y  profesional  habrá  de  ser  generalizada;  el
              acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función
              de los méritos respectivos.
           2.  La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la perso-
              nalidad  humana  y  el  fortalecimiento  del  respeto  a  los  dere-
              chos  humanos  y  a  las  libertades  fundamentales;  favorecerá  la
              comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones


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