Page 522 - De Angostura a Colombia EL COMBATE POR LA LIBERTAD Y UNA MAGNA REPÚBLICA EN 1819
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520   Hildelisa Cabello Requena



             sistema centralista defendido por Simón Bolívar y Antonio Nariño. La
             Constitución estableció la división de los poderes públicos en Ejecuti-
             vo, Legislativo y Judicial. El primero era ejercido por el presidente o en
             su defecto por el vicepresidente, asistido por un Consejo de Gobierno.
             El periodo de gobierno duraría cuatro años. El presidente debía ser co-
             lombiano por nacimiento . El Poder Legislativo estuvo integrado por
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             la Cámara del Senado y la de Representantes. Los primeros permane-
             cían ocho años en el ejercicio del cargo y los segundos, cuatro. Por su

             parte, el Poder Judicial era ejercido por una Alta Corte de Justicia, Cor-
             tes Superiores y Tribunales Subalternos, y su duración era indefinida. La
             Constitución estableció la reforma o sustitución de la Carta Magna en
             el término de diez años.

               Con base a lo establecido en el título II, sección primera, artículo 6
             de la nueva Constitución: “El territorio de Colombia es el mismo que
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             comprendía el antiguo Virreinato de Nueva Granada  y de la Capitanía
             General de Venezuela”. En cuanto a la extensión, población y organi-
             zación del territorio de la nueva república, se ha calculado la superficie
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             en 2.000.000 km  y su población en 2.463.000 habitantes aproximada-
             mente. Desde el punto de vista de su denominación jurisdiccional y la
             organización política-territorial, a partir de 1821 las antiguas repúblicas
             fueron identificadas como secciones (Venezuela y Cundinamarca). A su

             vez, estas fueron ordenadas internamente en departamentos, provincias

             [77]_ Según la Constitución de la República de Colombia (1821), se entendía por
             “colombiano”: todos los hombres libres y sus hijos, nacidos dentro de las jurisdiccio-
             nes de Venezuela y Nueva Granada. También son colombianos aquellos que en tiem-
             pos de la independencia estuviesen establecidos en dicho territorio, con la condición
             de haber permanecido fieles a la causa de la independencia.
             [78]_ El artículo 5 de la Ley Fundamental de la República de Colombia estableció
             el cambio de nombre a Nueva Granada por Cundinamarca. De la misma manera se
             estableció suprimir a Bogotá, Santa Fe. Quito y Panamá se integraron al territorio de
             la República de Colombia los tres años subsiguientes a la creación de esta república.
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