Page 476 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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476 Rafael Ramón Castellanos
sujeto el territorio al gobierno de La Paz y al de Cochabamba, que no estaban
a sus órdenes antes de la noticia de Ayacucho.
4° El partido de Tarapacá, que correspondía a la provincia de Arequipa,
continuará bajo las órdenes del señor general en jefe del ejército real, quien
durante las disensiones con el señor general La Sema lo reunió a las provincias
del Río de la Plata.
5° Para que el territorio de la provincia de Arequipa no quede desmem-
brado a consecuencia del antecedente artículo, el partido de Apolobamba,
correspondiente a esta provincia, se incorporará a la de Puno. Se permitirá
salir libremente al sub-delegado Abeleyra, con todos sus intereses y familia,
así como darle tiempo para arreglar sus asuntos, lo mismo que a todo otro
vecino de aquel partido.
6° Se contará el término del armisticio desde el día de la ratificación de los
presentes tratados por el señor general Antonio José de Sucre.
7° En el caso desgraciado de haber un rompimiento de hostilidades, no
podrá abrirse la campaña hasta ocho días después de la notificación por una
y otra parte.
8° La provincia de Salta queda comprendida en la suspensión de hostilida-
des y armisticio celebrado. Con lo cual queda concluida la presente transac-
ción y firmada por los señores comisionados.
Paz, enero 12 de 1825.
JOSÉ DE MENDIZÁBAL E IMAZ
ANTONIO DE EUZALDE.
Cuartel General en La Paz, enero de 1825. —Ratificado en todas sus par-
tes, PEDRO ANTONIO DE OTAÑETA.