Page 476 - La dimensión internacional del Gran Mariscal de Ayacucho
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476  Rafael Ramón Castellanos



             sujeto el territorio al gobierno de La Paz y al de Cochabamba, que no estaban
             a sus órdenes antes de la noticia de Ayacucho.
               4° El partido de Tarapacá, que correspondía a la provincia de Arequipa,
             continuará bajo las órdenes del señor general en jefe del ejército real, quien
             durante las disensiones con el señor general La Sema lo reunió a las provincias
             del Río de la Plata.

               5° Para que el territorio de la provincia de Arequipa no quede desmem-
             brado a consecuencia del antecedente artículo, el partido de Apolobamba,
             correspondiente a esta provincia, se incorporará a la de Puno. Se permitirá
             salir libremente al sub-delegado Abeleyra, con todos sus intereses y familia,
             así como darle tiempo para arreglar sus asuntos, lo mismo que a todo otro
             vecino de aquel partido.
               6° Se contará el término del armisticio desde el día de la ratificación de los

             presentes tratados por el señor general Antonio José de Sucre.
               7° En el caso desgraciado de haber un rompimiento de hostilidades, no
             podrá abrirse la campaña hasta ocho días después de la notificación por una
             y otra parte.
               8° La provincia de Salta queda comprendida en la suspensión de hostilida-
             des y armisticio celebrado. Con lo cual queda concluida la presente transac-
             ción y firmada por los señores comisionados.

               Paz, enero 12 de 1825.
               JOSÉ DE MENDIZÁBAL E IMAZ

               ANTONIO DE EUZALDE.
               Cuartel General en La Paz, enero de 1825. —Ratificado en todas sus par-
             tes, PEDRO ANTONIO DE OTAÑETA.
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