Page 137 - Escritos de ayer y hoy
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criminal del régimen con el asesinato de jóvenes de
                 educación media, el maltrato a los ancianos que pro-
                 testan por la no cancelación de la jubilación y hasta los
                 niños han tenido que salir a pedir que no les cierren
                 sus escuelas.
            Es decir, desde hace mucho no existe paz interna en la
          República, dándose coincidencias de opinión en que la situación
          ha llegado a niveles tales que existe el riesgo de una guerra civil.
            quinto: Siendo evidente que antes del 4 de febrero no
          existía Gobierno legítimo, es decir, ajustado a la Constitución
          Nacional, ni paz interna en la República; que se negoció la
          soberanía nacional y se estaba  subastando  el  parque  industrial
          del país, los militares insurgentes actuaron en cumplimiento
          del mandato establecido en el artículo 13 de la Constitución
          Nacional, que textualmente establece que:

             Las Fuerzas Armadas Nacionales, organizadas por el Estado para ase-
            gurar el respeto a la Constitución y las leyes, cuyo acatamiento estará
            siempre por encima de cualquier otra obligación. Las Fuerzas Armadas
            nacionales estarán al servicio de la República, y en ningún caso al de una
            persona o parcialidad política. 13



            Por su lado, los civiles que se pudieron incorporar el mismo
          día a la acción lo hicieron por mandato del artículo 250 de la
          misma Constitución Nacional, cuyo texto reza:

             Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por
            acto de fuerza o fuere derogada por cualquier otro medio distinto del que
            ella misma dispone. En tal eventualidad, todo ciudadano, investido o no de
            autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva
            vigencia. 14


          13   Constitución Nacional de la República de Venezuela, 1961.
          14   Ibid.

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