Page 312 - De mi propia mano
P. 312
V.S. querrá dignarse presentar a S.e. mi reconocimiento ilimitado a sus
bondades, y aceptar las consideraciones con que soy de V.S. muy humilde,
obsecuente servidor.
a.J. de Sucre
Gaceta del Gobierno del Perú, N 17, 20 de febrero de 1825, t. ii, p. 350.
o
Archivo de Sucre, t. V, p. 81.
122. el Solo obJeto De ReDiMiR laS PRoViNciaS
Del alto PeRÚ
(Del original).
antonio José de Sucre
General en Jefe del ejército libertador, &., &.
Considerando:
1 Que al pasar el Desaguadero el ejército libertador ha tenido el solo
o
objeto de redimir las provincias del alto Perú de la opresión española,
dejándolas en la posesión de sus derechos.
2 Que correspondiendo al ejército intervenir en los negocios do-
o
mésticos de estos pueblos, es necesario que las provincias organicen un
Gobierno que provea a su conservación, puesto que el ejército ni quiere
ni debe regirlas por sus leyes militares, ni tampoco puede abandonarlas a
la anarquía y al desorden.
3 Que el antiguo Virreinato de buenos aires a quien ellas pertenecían
o
a tiempo de la Revolución de américa, carece de un Gobierno general que
represente completa, legal y legítimamente la autoridad de todas las provincias,
y que no hay por consiguiente con quién entenderse para el arreglo de ellas.
4 Que este arreglo debe ser el resultado de la deliberación de las
o
De Mi PRoPia MaNo
274
De mi propia 6 Arabigo.indd 274 12/11/2009 09:30:40 a.m.