Page 93 - Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano
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Afrovenezolanidad e inclusión en el proceso bolivariano Jesús “Chucho” García
los medios de comunicación social en la implantación de campañas
educativas de prevención y eliminación de toda forma de discrimi-
nación.
6.- Rendir cuenta permanentemente al Presidente de la Repú-
blica sobre los avances, dificultades, omisiones y logros en el
cumplimiento de los objetivos de la Comisión.
7.- Las demás que le sean conferidas por el Presidente de la
República.
Artículo 4.- La Comisión Presidencial para la Prevención y
Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y otras
Distinciones en el Sistema Educativo Venezolano contará con una
Secretaría Ejecutiva, cuyo titular será designado por el Ministro de
Educación y Deportes.
La Secretaría Ejecutiva será la encargada de procesar toda la
información a la que se refiere el presente Decreto, coordinará los
equipos de trabajo, rendirá cuenta periódica a la Comisión Presi-
dencial y ejercerá las demás atribuciones que esta le asigne de
conformidad con sus normas de organización y funcionamiento.
Artículo 5.- Los gastos de funcionamiento de la Comisión Presi-
dencial estarán a cargo del Ministerio de Educación y Deportes.
Artículo 6.- La Comisión Presidencial para la Prevención y
Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y otras
Distinciones en el Sistema Educativo Venezolano podrá contar con
la asesoría de todas aquellas instituciones públicas o privadas que
considere conveniente. A tal efecto podrá solicitar su participación
mediante convocatoria y constituir grupos técnicos de trabajo para
desarrollar temas específicos.
Artículo 7.- Los Ministros de Educación y Deportes, Comunica-
ción e Información, y de la Cultura quedan encargados de la ejecu-
ción del presente Decreto.
Artículo 8.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela.
Dado en Caracas, a los seis días del mes de mayo de dos mil
cinco. Año 195 de la Independencia y 146 de la Federación.
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