Page 799 - De Angostura a Colombia EL COMBATE POR LA LIBERTAD Y UNA MAGNA REPÚBLICA EN 1819
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perfeccionarla el congreso, tenían que ser naturales del continente, te-
ner no menos de diez años de residencia en el país, se rotarían en el
ejercicio de la presidencia y su periodo tendría una duración de cuatro
años. Entre sus competencias estaban el mando de las armas, firmar
tratados internacionales y nombrar los responsables de las secretarías de
gobierno; así mismo podían ser enjuiciados por traición, venalidad y
usurpación de funciones.
Estructura el Poder Judicial que residía en la Corte Suprema y en los
tribunales subalternos, que, con carácter temporal, el congreso establez-
ca, la cantidad de miembros será definida por el legislativo y su nom-
bramiento recaía en el ejecutivo, su permanencia en los cargos estaría
determinada por su comportamiento al frente de los mismos, deberían
tener treinta años y ser de profesión abogado. Tendrían capacidad para
conocer asuntos contenciosos, civiles, criminales, de la cosa pública y
de conflictos interprovinciales. Garantizaban los derechos de los ciuda-
danos, de igual manera a como lo hacían las normas estadounidenses y
francesas, tales como la libertad de pensamiento, de tránsito, industria,
comercio, religión, igualdad ante la ley, elimina los fueros, títulos nobi-
liarios, prohíbe la introducción y comercio de esclavos, y estatuye como
objetivo de la sociedad la felicidad común, cuyo logro es responsabili-
dad del gobierno.
De manera general las provincias, reproducen a escala estas normas.
De ellas capta nuestra atención la de Barcelona que bajo el nombre de
“Código Constitucional del Pueblo Soberano de Barcelona Colombia-
na” , consagra el derecho de resistencia e insurrección, de igual forma
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al clero constitucional, cuyos obispos serían designados por los colegios
electorales y sometidos a la censura que pesa robre todo funcionario
público, elimina el fuero eclesiástico, mientras que los párrocos serían
[14]_ Cf. Las Constituciones Provinciales... (1959).