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Abril de Golpe y Contragolpe


 constitucional, ha sido nombrado Presidente temporal
 de la República Bolivariana de Venezuela y de confor-
 midad con los artículos 234 y 238 Numeral Octavo de
 la Constitución.
 Considerando


 Que la situación antes descrita ha sido superada con el
 pleno funcionamiento de los poderes constitucionales y
 la lealtad, valentía y coraje del pueblo venezolano y la
 Fuerza Armada Nacional.

 Decreto Único

 La entrega del cargo al Presidente constitucional de la
 República Bolivariana de Venezuela al Teniente Coro-
 nel Hugo Chávez Frías, a los fines que continúe ejer-
 ciendo el cargo, las funciones y atribuciones que le han
 sido encomendadas y conferidas por el pueblo soberano
 de Venezuela. Es todo, regístrese y publíquese.
 Dado en Caracas a los 14 días del mes de abril
 del año 2002.

 Año 191 de la Independencia y 143 de la Federa-
 ción.

 Ejecútese

 Diosdado Cabello Rondón
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