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Abril de Golpe y Contragolpe
constitucional, ha sido nombrado Presidente temporal
de la República Bolivariana de Venezuela y de confor-
midad con los artículos 234 y 238 Numeral Octavo de
la Constitución.
Considerando
Que la situación antes descrita ha sido superada con el
pleno funcionamiento de los poderes constitucionales y
la lealtad, valentía y coraje del pueblo venezolano y la
Fuerza Armada Nacional.
Decreto Único
La entrega del cargo al Presidente constitucional de la
República Bolivariana de Venezuela al Teniente Coro-
nel Hugo Chávez Frías, a los fines que continúe ejer-
ciendo el cargo, las funciones y atribuciones que le han
sido encomendadas y conferidas por el pueblo soberano
de Venezuela. Es todo, regístrese y publíquese.
Dado en Caracas a los 14 días del mes de abril
del año 2002.
Año 191 de la Independencia y 143 de la Federa-
ción.
Ejecútese
Diosdado Cabello Rondón
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